La modificatoria de la Ley N° 30157 Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, tiene por finalidad viabilizar el funcionamiento de las organizaciones de usuarios. Reconoce asimismo a la Asamblea General de la Junta de Usuarios como el órgano máximo de dicha institución y estaría conformada por las Comisiones de Usuarios representados por su presidente y tres miembros directivos de cada una de ellas elegidos democráticamente mediante voto universal, secreto y obligatorio de su respectivo subsector hidráulico.
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Elard Melgar